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Eligio Damas: De cómo “el presidente” Guaidó se refocila violando la Constitución

 

Él no pidió invadiesen a Venezuela, no tenía necesidad ni el cómo, pues le dijeron los del Comando Sur, “usted calladito y sólo hable cuando lea lo que le hemos escrito. No vaya a imaginarse cosas, como que nosotros hemos venido, moviendo nuestras fuerzas porque usted lo pidió y, sin que usted ponga ni siquiera el hielo, vaya a creerse dueño de la fiesta. Usted baila lo que nosotros le toquemos y cuando se lo indiquemos. Pues hasta la música la ponemos”.

Ese papel que circuló por las redes firmado por un tal Vecchio, identificándose como embajador de Venezuela ante el gobierno de Estados Unidos, a su vez y que actuando por órdenes de Guaidó, no fue otra cosa sino un acto dentro del mismo libreto definido tal como arriba se dice. Los del Comando Sur le ordenaron a Guaidó que eso hiciese y hasta le redactaron el papel. Por algo ellos, los del Comando Sur, días atrás, por intermedio del comandante Craig Faller, dijeron estaban a disposición de Guaidó para rescatar la democracia venezolana, lo que es una manera nada sutil de marcarle la pauta. http://www.laiguana.tv/articulos/480331-intervencion-militar-nuve-paulina-gamus-cap/ .

Por cierto, observemos que ya Guaidó continuó violando la Constitución pese dice que habla sujeto a ella. El literal 11 del artículo 187 Constitucional establece, que corresponde a la AN “Autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el país”. No se dice allí que al presidente “corresponde autorizar”, lo que pudiera hacer creyéndose presidente y ya que el gobierno de EEUU, la UE y Grupo de Lima le tienen como tal. Entonces se entiende que si Guaidó, teniéndose como presidente a su vez autorizó a su embajador, el tal Vecchio, para que se dirigiese al Comando Sur en procura de lo que solicitó, que no es más que preparar la invasión a Venezuela, sin se cumpliese lo establecido en el literal 11 del artículo Constitucional 187, habría incurrido en una grave violación de ese conjunto de normas.

Del contenido del literal 11 se deduce que alguien debe pedir la autorización porque la AN sólo está facultada para otorgarla. Siendo el presidente el jefe del ejército y el encargado del manejo de las cuestiones militares y la diplomacia, podría pedir a la AN esa autorización, lo que como ya dijimos en otro artículo no puede ser para solicitar nos invadan porque sería una violación a varios artículos constitucionales, empezando por el 2 y el cinco y siguiendo con un racimo, y si dispone ejecutar la acción en esos términos y sin cumplir ese trámite sumaría más violaciones. No obstante, ya sabemos por lo del 30-04 que Guaidó, de hecho, no tiene el comando del ejército.

Pero antes de seguir, vayamos a otra arista del mismo asunto, para luego volver sobre lo iniciado. Guaidó está cometiendo otras violaciones flagrantes, pues pese se autoproclamó presidente, en virtud que declaró a Maduro “Usurpador”, lo que significa que en su proyecto en acción, es jefe del Poder Ejecutivo. Pero esto le convierte en un dictador, de lo que acusa al “Usurpador” frecuente e insistentemente, pues pese ser “Presidente verdadero”, como se tiene a sí mismo y le tienen sus socios internos y externos, no suelta para nada el cargo de Presidente de la AN. Es decir, él tiene dos cargos y dos poderes, en el Ejecutivo y el Legislativo, lo que ya contraviene también lo Constitucional.

Pero su vocación dictatorial es grande y aumenta en cada acto de su “gobernanza”, para decirlo con una palabra como muy españolizada y del gusto de mucha gente fina, lo que queda por demás demostrado que él mismo se cobra y da el vuelto, pues es presidente de los dos entes y para nada lo oculta. Por esto, de una vez aplica lo que entiende se desprende del literal 11, lo que es lo mismo que solicitar de una vez, sin más trámites, como los buenos dictadores, a la primera potencia a la mano, tal como Gómez cuando defenestró a Castro, prepare su intervención sobre Venezuela. Observe el lector todas las violaciones, como que el “Presidente” de la República, no pidió a la AN actuase conforme al literal 11, es decir le autorizase, sino que de una vez “pidió el empleo de misiones militares extranjeras”.

Si Guaidó o algún lector de su parte, alega que no tenía que cumplir ese trámite en vista que también es presidente de la AN, lo que como dije es un atropello a la legalidad, habría que recordarle que el también ejercicio de ese cargo no le da derecho a asumir atribuciones del colectivo, del Poder Legislativo todo, pues recordemos que la autorización según el literal 11 lo daría la AN y no su presidente. Es decir, Guaidó estaría además violando los derechos constitucionales de todos los miembros de la AN quienes tienen el poder de expresar su opinión y hasta votar por una solicitud como esa.

Pero veamos las debilidades de la interpretación que Guaidó y los suyos le dan al literal 11 del artículo 187 constitucional. Para destituir al presidente en ejercicio, en el cumplimiento de la mitad de su período, por las razones que sean, debe mediar una solicitud pública respaldada por un buen número de firmas. Cumplido este trámite y realizadas las gestiones a que haya lugar se convocaría a un referendo popular, en el cual podrían votar todos los venezolanos con ese derecho y finalmente, se requiere que un número de votantes superior al que lo eligió lo destituya. Veamos lo complejo y exigente del asunto porque debe ser así para evitar procederes o comportamientos festivos y hasta se lesiones la soberanía.

Pero resulta que Guaidó y los suyos, encontraron en el literal 11 tantas veces nombrado, que nada tiene que ver con el sentido que le dan y menos para lesionar y negar la soberanía popular, una forma como “papaya”, facilita y hasta sin esfuerzo alguno por parte de ellos, pues el gobierno de EEUU y sus aliados pondrían todo el gasto y esfuerzo de la fiesta, para decapitar al presidente y dándole a un literal, acerca de las funciones de la AN, más rango que los artículos constitucionales específicos, como  2 y cinco, destinados a defender la soberanía y hasta la integridad nacional y lo relativo al revocatorio.

¿Por qué Guaidó, actuando como presidente de Venezuela, ya que toma decisiones, nombra funcionarios, pide intervención extranjera, no deja el cargo de presidente de la AN par que este cuerpo designe a otro y al mismo tiempo el elegido, si es que sigue las líneas de aquél, convoca, a lo que estaría obligado, a estudiar la solicitud de aplicar el literal 11?

Sería muy interesante presenciar un debate en la Asamblea Nacional, donde todavía debe quedar algún constitucionalista y unos cuantos, uno no sabe cuántos, no dispuestos a prestarse para tal apresto inconstitucional, antipatriótico, ofensivo a la dignidad nacional y la soberanía. Además, sería bueno para las memorias venezolanas que todos los diputados manifiesten su parecer, aparte que es su derecho y estampen su firma a favor de la propuesta que respalden.

Hoy mismo, hemos leído en Aporrea, unas declaraciones de Paulina Gamus, de quien uno sabe fue dirigente y hasta diputada de AD por varios períodos y pese lo que ahora pudiera representar, no deja de ser una referencia importante del pensamiento de buena parte de ese universo, en las cuales no sólo descarta tal solicitud, la que define improcedente sino que específicamente dice “esos que hablan de invocar el artículo 187, son malos o ignorantes”. http://www.laiguana.tv/articulos/480331-intervencion-militar-nuve-paulina-gamus-cap/

Hasta Vladimir Villegas manifestó de desacuerdo con el llamado de Guaidó y se lamento que otros factores no dejen constancia de sus pareceres. http://www.venezuelaaldia.com/2019/05/13/vladimir-villegas-cuestiona-llamado-la-intervencion-extranjera-venezuela/

No nos cansaremos de decir que se trata en verdad, más que deshacerse de Maduro, para lo que les sobrarían motivos, es destruir la nación, borrar todo impedimento para que factores extranjeros y sus socios entren “como río en conuco” y hasta borren toda huella de lo muestro.

 

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